El seguro español forma un frente común contra la Estrategia de Inversión Minorista de la UE

En mayo, la Comisión Europea desveló la Estrategia de Inversión Minorista de la UE, un nuevo paquete de medidas que ya desgranamos en esta noticia: 'Nuevas medidas para inversores minoristas que afectan al sector asegurador'. Desde entonces, las reacciones han sucedido en cascada. En agosto, Insurance Europe ya mostró su rechazo a varios artículos. Y, ahora, es el turno del seguro español ya que aseguradoras y mediadores se han unido para presentar una posición común. Así lo han pactado AdecoseAmaef, el Consejo General y Unespa, tal y como ha informado la propia patronal.

Los miembros de esta alianza del seguro español afirman que comparten el objetivo principal de esta Estrategia de Inversión Minorista de la UE, que no es otro que aumentar la participación y la confianza de los consumidores en los mercados financieros. Y, también, valoran positivamente medidas como el reconocimiento del formato digital como opción por defecto para el suministro de información; el deber de los Estados miembros de fomentar la educación financiera; o el esfuerzo por aumentar la transparencia, de forma que los ciudadanos cuenten con información relevante, comparable y comprensible sobre los productos a la hora de tomar sus decisiones sobre inversión.

Sin embargo, rechazan una serie de aspectos ya que esta Estrategia modifica algunos puntos esenciales de la Directiva de Distribución de Seguros y del Reglamento sobre productos minoristas de inversión basados en seguros (Reglamento PRIIP). Recuerda el seguro español que estas novedades son de especial relevancia para los productos de inversión basados en seguros (IBIP, en inglés). A 31 de diciembre de 2022, contaban en España con un volumen acumulado de patrimonio gestionado superior a los 136.000 millones de euros y un total de casi 6.250.000 asegurados.

Por ello, el seguro español no puede obviar algunas de las soluciones propuestas en esta Estrategia de Inversión Minorista de la UE ya que, desde su punto de vista, imponen requisitos adicionales a todos los participantes del mercado de forma innecesaria y podrían dar lugar a efectos no deseados. Y, de todas ellas, las aseguradoras y mediadores de España se muestran especialmente preocupados por las 6 siguientes:

- Incentivos y actuación en "el mejor interés del cliente". Las 4 entidades firmantes valoran "positivamente el hecho de que se puedan mantener (al menos, temporalmente) los dos modelos en materia de asesoramiento financiero: el régimen de incentivos y el régimen de pago explícito". No obstante, les inquieta que esta Estrategia de la UE "incluye importantes restricciones al cobro de incentivos, que resultan desproporcionadas y pueden generar efectos contrarios a los objetivos perseguidos". Defienden que los mediadores de seguros (agentes, corredores y OBS) realizan una "valiosa labor de información y asesoramiento", por lo que entienden que "la retribución de dicha labor vía incentivos es legítima, por lo que se debería ofrecer al consumidor la opción de elegir entre un formato de retribución u otro".

Sobre lo que propone la Comisión Europea en relación a "la actuación en el mejor interés del cliente" a la hora de prestar asesoramiento, el seguro español cree que la propuesta "se enfoca excesivamente en los costes, por delante de otras características del producto que pueden ser determinantes para atender las exigencias y necesidades del cliente, llevando a priorizar el producto 'más barato' sobre otros que potencialmente podrían ofrecerle un mayor valor al cliente y ser más adecuados a sus necesidades y preferencias".

- Aportación de valor. Para garantizar la relación calidad-precio de los productos, en la Estrategia de la UE se establece la publicación de índices de referencia (benchmarks, en inglés) sobre costes y rentabilidades. Correrá a cargo de Eiopa y, como detallan las 4 entidades de este pacto, estos índices "funcionarían en la práctica como un límite máximo de precios, al prohibirse la distribución de productos que se desvíen de esos 'benchmarks salvo que se realicen pruebas y evaluaciones adicionales para determinar la justificación y proporcionalidad de los costes y gastos". Para el seguro español, esta medida "genera dudas sobre su encaje en el marco de los tratados y normas comunitarias" y, además, consideran que "constituye una restricción a la libertad de establecimiento de precios de los operadores económicos, cuyos efectos negativos sobre la competencia se verían amplificados por tratarse de un sector intensamente regulado". En este sentido, argumentan que, a medio plazo, "este tipo de indicadores pueden provocar una reducción de la oferta de productos, penalizando cualquier iniciativa de innovación de las entidades y empujando a una estandarización hacia productos menos costosos, pero sin apenas diferenciación alguna ni adaptación a las necesidades reales de los clientes, quienes verían restringida su capacidad de elección". Asimismo, señalan que el concepto de 'benchmarks' necesita "un examen más detenido" y que se tengan en cuenta otras cuestiones como "el elevado número de características y circunstancias que concurren en la distribución de productos de inversión basados en seguros, la dificultad de comparar productos no homogéneos, la necesidad de considerar plazos temporales suficientes o la consideración de elementos cualitativos de gran transcendencia para el cliente y que van mucho más allá del coste y la rentabilidad".

- Requisitos de información y otras modificaciones en materia de distribución. Sobre este punto, las 4 asociaciones de esta alianza explican que "la propuesta de la Comisión viene a incrementar tanto los requisitos del test de conveniencia como del test de idoneidad, obligando al distribuidor a obtener información adicional del cliente y a transmitirle nuevas explicaciones estandarizadas y advertencias". Con todas estas nuevas exigencias, entienden que "el proceso de distribución de IBIP no sólo no se simplifica, sino que se añade complejidad, incrementando las cargas para los distribuidores y haciendo aún más difícil el acceso de los consumidores a la contratación de este tipo de productos". En todo caso, defienden que lo "conveniente" sería "homogeneizar y ajustar la información de los documentos que actualmente se entregan a nivel de costes y riesgos más relevantes para el cliente, pero no proponer la entrega de nuevos documentos adicionales". Y tampoco están de acuerdo con los "numerosos cambios" introducidos "en la parte general de la IDD con impacto en la distribución de seguros de No Vida o en los seguros de Vida distintos a los IBIP", instando a que sean "abordados en el contexto de la próxima revisión general de la IDD, con un adecuado análisis de impacto".

- Ámbito de aplicación de PRIIP. La Comisión ha planteado también modificar el Reglamento PRIIP, incorporando unos cambios que vendrían a "reconocer explícitamente la exclusión de las rentas vitalicias inmediatas de su ámbito de aplicación", según precisan estas 4 entidades del seguro español, que recuerdan que se trata de una solicitud previa de las Autoridades Europeas de Supervisión. El seguro español rechaza la redacción utilizada ya que "plantea importantes dudas de interpretación al referirse a los productos minoristas que ofrecen rentas vitalicias inmediatas 'sin una fase de redención/reembolso'. Por ello, piden que esta última referencia se elimine, o en su defecto, se aclare. Además, solicitan que se extienda "esta exclusión a otros seguros de ahorro que incorporen garantías biométricas relevantes y que son claramente diferenciales respecto a los productos de inversión sin un componente asegurador de estas características".

- Desarrollos normativos. Como hacen hincapié las 4 entidades del seguro español, se prevé que esta reforma se desarrolle posteriormente mediante la adopción de actos delegados por parte de la Comisión Europea. Esto quiere decir que algunas medidas de gran impacto se concretarán a posteriori, por lo que será casi "imposible evaluar el impacto global de la propuesta". Por ello, el seguro español requiere que muchas de estas cuestiones queden "definidas en la propia Directiva y se deje a los Estados miembros suficiente flexibilidad para reflejar las particularidades nacionales".

- Plazos de implementación. Lógicamente, estas modificaciones que se plantean "conllevarán cambios de implementación muy considerables en ámbitos como los sistemas informáticos, la comercialización, las políticas internas, los contratos y los costes", como enumeran las entidades aliadas. Por ello, piden que "los plazos de transposición de la Directiva, de aplicación del Reglamento y preparación de actos delegados sean sustancialmente más amplios". También, piden mejorar la cláusula de revisión que consta en la reforma. Esta cláusula fija que, 3 años después de la entrada en vigor de la Directiva, la Comisión tendrá que evaluar los efectos de los pagos de terceros en los inversores minoristas, en particular en lo que respecta a posibles conflictos de interés y la disponibilidad de asesoramiento independiente. El seguro español considera que, dados los plazos para la trasposición y aplicación a nivel nacional, "3 años resulta un período demasiado corto, que no permitiría a la Comisión evaluar el impacto de las disposiciones pertinentes. Por ello, esta revisión debería hacerse en un plazo mayor y no de forma aislada, sino dentro de la revisión sobre el sistema en su conjunto".

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