El Gobierno presentó hace ya un año ante el Congreso de los Diputados un Proyecto de Ley para modificar la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor (Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre). La iniciativa busca incorporar al ordenamiento jurídico español la Directiva (UE) 2021/2118, pendiente de transposición desde el 23 de diciembre de 2023, y establecer un seguro obligatorio de Responsabilidad Civil para vehículos personales ligeros que no se incluyen en el concepto legal de "vehículo a motor".
Según repasa Inade, el texto contempla además la modificación de la Ley 20/2015, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras. Además, durante la tramitación parlamentaria se introdujeron nuevas disposiciones que afectan a dos normativas adicionales: la Ley 50/1980 de 8 de octubre de contrato de seguro especialmente su artículo 20, relativo a los intereses de mora, y la Ley 39/2022 de 30 de diciembre de Deporte.
Tras la presentación de enmiendas, la Comisión de Economía, Comercio y Transformación Digital elaboró el correspondiente Informe, y desde entonces la iniciativa está lista para su aprobación con competencia legislativa plena. La votación podría tener lugar el próximo martes, 10 de junio. Una vez aprobada por el Congreso, el texto será remitido al Senado.
3 cambios
Una vez se aprueba la reforma, el sector asegurador se enfrentará a tres importantes cambios: el que va a afectar al seguro del automóvil, la modificación de los intereses de mora en la Ley de Contrato de Seguro y la incorporación de novedades en el seguro vinculado al ámbito deportivo.
Tal como viene advirtiendo Fundación Inade, la redefinición de los conceptos de "vehículo a motor" y "hecho de la circulación" implicará que muchas máquinas agrícolas, de construcción o logísticas pasen a ser consideradas vehículos a motor. En consecuencia, sus propietarios deberán contratar el correspondiente Seguro Obligatorio del Automóvil (SOA).
Con todo, una vez aprobada la norma se establecerá un período transitorio de 6 meses para que estos "nuevos vehículos" puedan suscribir el seguro obligatorio sin ser sancionados durante ese tiempo.
Asimismo, todos los vehículos personales ligeros deberán contar con un seguro obligatorio de Responsabilidad Civil, que cubrirá un mínimo de 6.450.000 euros por daños a las personas (independientemente del número de víctimas) y 1.300.000 euros por daños a los bienes en cada siniestro.
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