Aprobado el nuevo sistema de cotización para los autónomos

Con un total de 260 votos a favor, 64 en contra y 25 abstenciones, el pleno del Congreso de los Diputados convalidó el Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, por el que se establece un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos. Además, ha acordado su tramitación como proyecto de ley por el procedimiento de urgencia.

La norma recoge un conjunto de medidas "para aproximar las bases de cotización de las personas trabajadoras por cuenta ajena o autónomas a sus ingresos reales". Para ello, también se ha llevado a cabo un conjunto de reformas en la Ley General de la Seguridad Social.

Con el nuevo sistema, la cotización "se efectuará en función de los rendimientos anuales obtenidos" en el ejercicio de sus actividades económicas, empresariales o profesionales. Y se deberá "elegir la base de cotización mensual que corresponda en función de su previsión de rendimientos netos anuales", dentro de una tabla general que se fijará en la Ley de Presupuestos Generales del Estado y limitada por una base mínima de cotización en cada tramo.

Asimismo, para que se ajuste la cuota a los ingresos reales, se ha aprobado "la obligación de facilitar a la Tesorería General de la Seguridad Social, a través de los procedimientos telemáticos y automatizados que se establezcan, toda la información de carácter tributario" con la que cuenten "en el plazo más breve posible", con objeto de realizar "la regularización de las cuotas" y adecuarlas a los ingresos reales.

Según el texto, las bases de cotización definitivas se fijarán en función de los rendimientos netos obtenidos anualmente a partir del 1 de enero de 2032. Y se prevé el despliegue gradual del nuevo sistema de cotización por ingresos reales entre 2023 y 2031, en un proceso que "se revisará periódicamente y se ajustará a las previsiones técnicas necesarias determinadas por los ministerios competentes".

Asimismo, se contempla la obligatoriedad de la cobertura de la prestación de incapacidad temporal, salvo que se tenga cubierta dicha contingencia en otro régimen de la Seguridad Social. Y se ha creado una nueva prestación para la sostenibilidad de la actividad de personas trabajadoras en un sector afectado por el Mecanismo RED de Flexibilidad y Estabilización del Empleo en su modalidad cíclica.

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